Actividades de Tiempo Libre

Recuerda que en Asturias no hay zonas de acampada registradas como tales. Por tanto, cualquier sitio que reúna los requisitos necesarios (de salubridad y medioambientales, así como de mínima infraestructura), puede ser autorizado, temporalmente, para zona de acampada.
Quien organice una actividad de tiempo libre (ATL) en cualquier zona de Asturias, con pernoctación superior a tres noches, deberá comunicarlo al Instituto Asturiano de la Juventud con una antelación mínima de 10 días y presentar una declaración responsable de que reúne todos los requisitos exigibles antes de iniciar la actividad.
Información relacionada
Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos
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