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1. Subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases: B, C y D

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 4 de septiembre hasta el 2 de octubre de 2026 

Convoca 

Instituto Asturiano de la Juventud 

Información 

Subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases: B, C y D. 

Permisos de conducción subvencionables e importe: 

a) Clase B: coches y vehículos ligeros. Permisos: B, B+E: 400 €.  

b) Clase C: Camiones. Permisos profesionales: C, C1, C+E, C1+E: 1.000 €. 

c) Clase D: Autobuses. Permisos profesionales: D, D1, D+E, D1+E: 1.500 €. 

Beneficiarios:  

Podrán solicitar subvención las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud: 

a) Tener la edad mínima exigida para la obtención de los permisos de conducción subvencionados, y no superar la edad máxima que establezca la normativa vigente del SNGJ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, a la fecha la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. 

b) Estar empadronadas en alguno de los concejos del Principado de Asturias con una antelación mínima de un año a la fecha la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. 

c) Estar inscritas en el SNGJ en la fecha de publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. 

d) Haber obtenido el permiso de conducción de las clases indicadas para el que se solicita subvención entre el 15 de julio de 2025 y, en todo caso, a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. 

Procedimiento de solicitud 

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario Web disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección: https://miprincipado.asturias.es/ con el código de solicitud AYUD0463T01. (La ficha de servicio y el procedimiento de tramitación estará disponible a partir del 4 de septiembre hasta fecha de finalización de plazo).

¿Qué documentación debe de aportar en el momento de presentar la solicitud? 

La solicitud de subvención irá acompañada de la siguiente documentación: 

a) En el supuesto de gastos relativos a los costes generados por la autoescuela o el centro que emite el informe de aptitud psicofísica, deberán presentar los siguientes justificantes de gasto: 

— Factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención del permiso de conducción emitido por una autoescuela ubicada en el Principado de Asturias, conforme a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y en ellas deberá figurar: nombre, razón social y DNI o NIF, de quien emite la factura, IVA repercutido, número, fecha de emisión y de vencimiento, nombre, dirección y NIF de la persona solicitante o, en su caso, beneficiaria, así como su forma de pago. Deberá quedar claramente descrito el servicio prestado. 

— En su caso, factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención del informe de aptitud psicofísica en los mismos términos que el párrafo anterior. 

En ambos casos, la acreditación de los gastos incluirá el correspondiente justificante de pago en cualquiera de las modalidades admitidas en Derecho. 

En el caso de los pagos en metálico, la factura deberá indicar expresamente esta circunstancia. Los pagos por medios electrónicos o mediante cheque se acompañarán de comprobante bancario de pago. 

b) En el supuesto de gastos relacionados con los costes subvencionables recogidos en la base cuarta, apartado c), relativos al abono de la correspondiente tasa de la Dirección General de Tráfico, DGT, los siguientes justificantes: 

— Documento justificativo del pago del coste de la obtención del permiso de conducir en el que se haga referencia a la persona que obtiene el permiso y solicita la subvención. 

c) En su caso, fichero de acreedores conforme al modelo que podrá obtener en la correspondiente ficha de servicio de la convocatoria: AYUD0463T01 y solo en el caso de que la persona solicitante no estuviese dada de alta la base de datos de terceros del sistema de contabilidad del Principado de Asturias o en el supuesto de modificación de datos ya registrados. 

La cuenta bancaria indicada en el fichero de acreedores deberá estar dada de alta como titular o cotitular a nombre de la persona solicitante en la correspondiente entidad bancaria. 

No obstante lo anterior, si los gastos correspondientes a los gastos generados por la correspondiente autoescuela o centro formativo, fuesen de importe igual o superior a la cuantía de la subvención en función de la clase de permiso de conducción no será obligatorio presentar el resto de gastos recogidos en los apartados b) y c) de la citada base reguladora. 

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