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Proyectos de cooperación cultural en el medio rural: ayudas

Plazo de presentación de solicitud: del 4 de junio al 1 de julio de 2025.

Convoca 

Ministerio de Cultura 

Información

Las ayudas tienen como finalidad la realización de proyectos de cooperación cultural en zonas rurales, que favorezcan la innovación colaborativa y la creación de alianzas, y supongan una contribución relevante y significativa al desarrollo del ecosistema cultural territorial, facilitando asimismo la participación ciudadana. 

Beneficiarios

Las ayudas están dirigidas a personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que se comprometan llevar a cabo los proyectos y actividades de manera colaborativa, actuando en agrupación.

Las personas y entidades participantes en la agrupación, tengan o no ánimo de lucro, deberán tener residencia fiscal en España, y encontrarse legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 

En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, deberán tener la condición de microempresa o pequeña empresa. 

Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.). 

Requisitos de los proyectos

Se podrá solicitar ayudas dentro de esta convocatoria para proyectos culturales que reúnan los siguientes requisitos: 

-   Ser realizados de manera colaborativa por empresas y/o entidades sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procedentes de al menos tres comunidades autónomas diferentes. Para valorar la procedencia se tomará en consideración la sede social de cada una de las entidades. 

-   Ser realizados en el medio rural, entendiendo por tal: 

Los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2.

En todo caso, los municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, con independencia de su densidad poblacional. 

-   Podrán concurrir entidades que no tengan su sede en el medio rural así definido siempre que el proyecto se desarrolle en municipios comprendidos en el apartado anterior. 

-   Cumplir todas o algunas de las finalidades establecidas en el artículo 1 de la Resolución por la que se convocan las ayudas. 

Cuantía

La cuantía total máxima a conceder a cada agrupación beneficiaria será de 120.000 euros. Dicha cantidad no podrá suponer más del 80% del coste total del proyecto. 

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado», en el registro electrónico del Ministerio de Cultura, a través de su sede electrónica (https://cultura.sede.gob.es/) 

Sede electrónica para la presentación de solicitudes 

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