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Ayudas individuales para asturianos/as y descendientes residentes en el exterior

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.( BOPA del 12 de Mayo de 2026)

Personas beneficiarias. Personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina: América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores, que se encuentren en situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia 

Líneas

Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más.

 Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida labora 

Presentación de solicitudes:  En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://miprincipado.asturias.es/está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. 

Más Información: BOPA del 12 de Mayo.