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Ayudas de transporte escolar

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 6 de octubre de 2023

 

Finalidad

Obtener ayudas económicas para sufragar los gastos de transporte del alumnado beneficiario al centro escolar o parada de transporte correspondiente. 

Beneficiarios

Aquel alumnado que cumpla los requisitos para ser usuarios de transporte escolar conforme a lo establecido en la Resolución de 12 de mayo de 2021. 

Tipos de ayudas 

a) Alumnado que utilice servicio regular de transporte de viajeros. 

La cuantía de la ayuda será el precio del billete o abono fijado por el órgano competente en materia de transporte. 

b) Alumnado que no utilice servicio regular de transporte de viajeros. 

La cuantía de la ayuda en este supuesto se fijará en función del medio de transporte utilizado por el alumnado beneficiario que puede ser: 

b.1) Alumnado que se traslade por sus propios medios. 

El importe de la ayuda por kilómetro será el establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, por el que se establecen anualmente los importes de indemnización por razón del servicio, en su apartado referido al kilometraje, para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. 

b.2) Alumnado, que, ante la imposibilidad de trasladarse por sus propios medios, utiliza servicio de taxi. 

El importe de la ayuda por kilómetro será el establecido en el Decreto 50/2008, de 19 de junio, por el que se regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en turismo (auto-taxi), modificado por Decreto 62/2022, de 14 de octubre (BOPA de 24de octubre de 2022). 

b.3) Alumnado, que, ante la imposibilidad de trasladarse por sus propios medios, utiliza servicio de taxi y este tiene un coste excepcional superior al calculado conforme al apartado anterior. 

La cuantía de la ayuda cubrirá el coste real del servicio, previo informe del órgano competente en materia de transporte. 

En ningún caso el importe de las ayudas concedidas podrá superar el coste real del servicio, con el límite de 8.000 € por beneficiario y curso. 

Más información

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0072T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria y la posibilidad de confirmar/modificar el borrador de solicitud electrónicamente. 

Bases reguladoras

BOPA 15 de septiembre de 2023