Subvenciones para la creación literaria

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 12 de Febrero de 2026.
Convoca: Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte
Líneas de actuación subvencionables.
a) Línea 1. Fomento de la creación literaria de profesionales
b) Línea 2. Fomento de la creación literaria de no profesionales.
Requisitos
Línea 1. —Fomento de la creación literaria de profesionales
1. Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos que se indican en este apartado en la fecha de presentación de la solicitud.
a) Podrá solicitar estas subvenciones cualquier asturiano o residente en el Principado de Asturias mayor de edad.
b) Los particulares o personas físicas que podrán acogerse a la presente línea de subvención, serán aquéllos autónomos que se dediquen profesionalmente al ámbito cultural y que, por tanto, estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas al efecto.
2. En el caso de coautoría, que estará formada por un máximo de dos miembros ambos deben cumplir con dichos requisitos.
4.2. Línea 2. —Fomento de la creación literaria de no profesionales.
1. Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos que se indican en este apartado en la fecha de presentación de la solicitud.
a) Podrá solicitar estas subvenciones cualquier asturiano o residente en el Principado de Asturias mayor de edad.
b) Los particulares o personas físicas que podrán acogerse a la presente línea de subvención, serán aquéllas que no se dediquen profesionalmente al ámbito cultural y que, por tanto, no estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas al efecto, pues, en este caso, la línea de subvención procedente será la 1.
2. En el caso de coautoría, que estará formada por un máximo de dos miembros ambos deben cumplir con dichos requisitos.
Cuantía
El importe de la subvención a conceder en cada una de las dos líneas por modalidad literaria será de 3.000 euros por cada beneficiario y proyecto. Asimismo, el número máximo de subvenciones a conceder en cada una de las líneas será de 8, ordenando los proyectos por puntuación de mayor a menor en cada línea.
Presentación de solicitudes
Se cumplimentará, en todos sus apartados, una solicitud, según instancia normalizada e incorporada a las Fichas del Servicio AYUD0439T01 y AYUD0439T02 disponibles en la Sede Electrónica de la Web www.asturias.es. En dicho portal se encontrará, además, el texto íntegro de la Resolución de convocatoria y la información complementaria sobre esta línea de ayudas.
Más Información: BOPA del 15 de enero de 2026.