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Becas para la formación práctica de Documentalistas. Junta Electoral Central

31/01/2022
Tres becas individuales para postgraduados en el ámbito de la Documentación
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Plazo para la presentación de instancias: Del 1 al 20 de febrero de 2022. 

Convoca

Junta Electoral Central

Objeto y número de becas

La Junta Electoral Central convoca tres becas individuales para postgraduados, para la formación práctica y colaboración en la realización de trabajos y estudios en el ámbito de la Documentación y la gestión de información y contenidos relacionados con la actividad de la Junta Electoral Central. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Junta Electoral Central.

De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

Duración y cuantía

Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su dotación será de 1.100 euros brutos mensuales en los ejercicios 2022 y 2023.

Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social.

Algunos requisitos

a) Estar en posesión de un título universitario de Grado en Información y Documentación o afines en el área de Biblioteconomía y Documentación. Dichos títulos deben haber sido expedidos por Universidades españolas u homologados por el Ministerio de Educación.

b) En todo caso, el título deberá haberse obtenido entre los años 2015 a 2022 (ambos incluidos)

Solicitudes

Los solicitantes deben presentar una instancia (disponible en la página web de la Junta Electoral Central http://www.juntaelectoralcentral.es), que ha de ajustarse al modelo que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria, en el Registro de la Secretaría Técnica de la Junta Electoral Central (Carrera de San Jerónimo, 36, entreplanta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla, por correo electrónico (becas.jec@congreso.es) o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

BOE 31 de enero de 2022

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