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Ayudas para personas emigrantes asturianas y sus descendientes residentes en el exterior

13/06/2022
Para atender situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.
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Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 25 de julio de 2022.

Convoca

Consejería de Presidencia. Principado de Asturias

Personas beneficiarias

Personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina (América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores), que se encuentren en situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.

Objeto

Contribuir a atender las necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias, convocándose dos líneas de actuación:

Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más.

Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral.

Otros datos de interés

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Más información

Base de Datos Nacional de Subvenciones (Resolución y solicitud)

Bases reguladoras

BOPA 13 de junio de 2022

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